miércoles, 9 de diciembre de 2009

Integración del Consejo Departamental de Desarrollo

a) El Gobernador del departamento, quien lo preside y coordina;
b) Los alcaldes municipales del departamento;
c) El jefe de la oficina departamental de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN), quien actúa como secretario;
d) Un representante de cada una de las entidades públicas que designe el Organismo Ejecutivo;
e) Un representante de cada uno de los pueblos indígenas;
f) Un representante de las cooperativas;
g) Un representante de las asociaciones de propietarios de micro, pequeñas y medianas empresas, de los sectores de la manufactura y los servicios;
h) Un representante de las asociaciones agropecuarias, comerciales, financieras e industriales;
i) Dos representantes de las organizaciones campesinas;
j) Un representante de las organizaciones de trabajadores;
k) Un representante de las Organizaciones Guatemaltecas no Gubernamentales de desarrollo;
l) Una representante de las organizaciones de mujeres,
m) Un representante de la Universidad de San Carlos de Guatemala;
n) Un representante de las universidades privadas; y,
o) Los secretarios generales departamentales de los partidos políticos con representación en el Organismo Legislativo, quienes participarán con voz.

Todos los representantes mencionados anteriormente deben tener representación en el departamento. Los representantes a que se refieren las literales de la e) a la 1) contarán con un suplente y ambos serán electos por los respectivos pueblos y sectores representados, de acuerdo a sus propios principios, valores, normas y procedimientos, o sus estatutos.

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CODEDEH

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Consejo Departamental de Desarrollo Huehuetenango

BANDRA Y ESCUDO

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COMUNICACIÓN PARA EL DESARROLLO SERV/005-2008

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